El nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Gobierno en febrero del pasado año, incluyó la nueva regulación de acceso a la actividad del transporte por carretera asimilándose más a la reglamentación europea. Por ello, las personas que quieran ejercer su actividad como transportista profesional, deberán acreditar un nivel académico mínimo previo, bien sea bachillerato o formación profesional de grado medio.
Este requisito sólo es exigible a los que pretendan obtener dicha titulación profesional desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, por lo que quedarían exentos de acreditarlo los transportistas titulados que estaban operando en el sector del transporte de mercancías por carretera en España con anterioridad.
Esta cualificación formativa sólo es exigible a aquellos profesionales que vayan a ejercer la actividad como empresarios transportistas, no a conductores profesionales, que únicamente necesitan poseer el permiso de conducción de la clase que corresponda y el correspondiente certificado de aptitud profesional CAP.