Sí, siempre y cuando cumpla con los requisitos que piden para ello, como puede ser no tener deudas en las Administraciones Públicas o Sanciones de Transportes pendientes. Otra de las modificaciones del nuevo ROTT es la obligatoriedad de la transmisión del vehículo inscrito en la tarjeta junto con la misma hacia el nuevo adquiriente.